La factura electrónica será obligatoria para todas las empresas españolas debido a la ley "Crea y crece"

Factura electrónica 2022 ADVANCE SOLUCIONES

El pasado 29 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado (Artículo 12),  la ley que obliga a todos los empresarios y profesionales a expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales.

¿Pero, qué es la ley crea y crece?

Factura electrónica ADVANCE SOLUCIONES

La Ley Crea y Crece es una de las reformas más importantes del plan de Recuperación para reforzar y dinamizar el tejido productivo, ya que facilita la creación de nuevas empresas e impulsa su crecimiento al reducir los obstáculos regulatorios o financieros.

¿Cuando entra en vigor la ley crea y crece?

A pesar de que el plazo reglamentario por la ley finaliza en marzo, se prevé que este plazo se alargue y sea finalmente en los meses de verano cuando se publique el reglamento. A partir del momento en que se publique el reglamento, las empresas que facturen más de 8 millones de euros tendrán un año para su implantación.

Otra novedad importante es que se está planteando la posibilidad de que exista una infraestructura pública que complemente la cobertura de las plataformas privadas, de forma que se facilite la implantación de la factura electrónica para PYMES y profesionales.

Además de los dos puntos anteriores que consideramos los más importantes, queremos destacar que está claramente especificado que las facturas electrónicas deberán estar en formatos de datos estructurados, y, por tanto, en modo alguno se plantea que los PDF firmados puedan considerarse factura electrónica, y que, por otra parte, se está planteando que junto con los datos de la facturación deberá comunicarse a través del nuevo sistema información relacionada con los pagos de las facturas, de forma que desde los entes públicos pueda observarse el cumplimiento de la normativa de morosidad comercial. 

 

Última publicación factura electrónica 07/03/2023

Consulta pública sobre el proyecto de real decreto por el que se desarrolla la ley
 18/2022 de creación y crecimiento de empresas en lo referido a la factura electrónica entre empresas y profesionales. 

El objeto de la publicación es una consulta previa sobre el desarrollo reglamentario previsto.

Según el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de
27 de noviembre, del Gobierno, mediante este documento se sustancia la consulta pública
previa
sobre el desarrollo reglamentario de la factura electrónica entre empresas y
profesionales.

Su finalidad no es otra que recabar opiniones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

El envío de información: Las observaciones y comentarios deberán ser enviados a esta dirección
de correo electrónico, utilizando la plantilla Excel elaborada a tal fin:
gtfacturaelectronica@economia.gob.es. Con plazo: hasta el 22 de marzo de 2023.

En el siguiente enlace podrás encontrar toda la información que se ha publicado.  

¿ Cuándo va a ser obligatoria la factura electrónica en España?

La entrada en vigor de la obligación de expedir, remitir y recibir facturas electrónicas entre empresarios y profesionales depende del volumen de facturación, siendo para aquellos con una facturación anual superior a ocho millones de euros, de un año desde la aprobación del reglamento, es decir que habrá que esperar tal y como se prevé que sea en los meses de verano.

Para el resto de empresas se dará dos años de tiempo, por lo que la obligatoriedad se producirá como tarde antes de finales de 2025, siempre y cuando no varíen las fechas previstas.

Somos expertos en la implementación del ERP Navisión Business Central, software de gestión ideal para automatizar la emisión de facturas electrónicas en pymes y grandes negocios.

¿Quién está obligado a presentar la factura electrónica?

Esta normativa vendría a modificar el artículo 112 de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.

La Ley de Creación y Crecimiento de Empresa introduce un nuevo artículo 1 bis:

“Todas las empresas y autónomos deberán expedir y remitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otras empresas y autónomos”.

Esta norma, que forma parte del Plan de Recuperación y Resiliencia, tiene como fin impulsar la digitalización e innovación en pymes y autónomos.

¡Inscríbete en el formulario y recibe lo ultimo sobre la factura electrónica!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Sellos de calidad

Sello RSAPLUS de calidad - Advance soluciones

Disponemos de soporte para clientes

Si tiene cualquier incidencia no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Contacto

Copyright © 2023 Advance Soluciones